Se trata de el Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) que perciben estas entidades. La medida establece que el monto del subsidio se calculará ahora sobre el 3% de los aportes y contribuciones, en contraste con el esquema anterior.
Este cambio implica una modificación al artículo 2 del decreto 1609, promulgado el 5 de septiembre de 2012, durante el segundo mandato presidencial de Cristina Fernández de Kirchner. La reducción del subsidio tiene implicaciones significativas para las obras sociales, que ahora verán afectados sus ingresos por esta vía de financiamiento.
Intensificación del ataque legislativo a las políticas kirchneristas.
La decisión del Gobierno de ajustar el SUMA forma parte de las políticas económicas implementadas en un contexto de búsqueda de equilibrio fiscal y reducción del gasto público. Sin embargo, esta medida también genera preocupación en el sector de la salud y en las propias obras sociales, que podrían enfrentar mayores dificultades para garantizar la cobertura médica y los servicios a sus afiliados.
Anteriormente, el mecanismo de distribución del Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) establecía que un veinte por ciento (20%) del cinco por ciento (5%) de la recaudación mensual de los aportes y contribuciones, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 23.660, se distribuiría en partes iguales entre todos los Agentes con más de cinco mil (5.000) afiliados. Además, el ochenta por ciento (80%) restante de este fondo se distribuía de manera proporcional al número de afiliados de cada Agente.
Para los Agentes con menos de cinco mil afiliados cuyo ingreso mensual promedio por afiliado fuera inferior al promedio del sistema, se contemplaba la posibilidad de recibir una compensación económica mensual. Esta compensación tenía como objetivo equiparar el ingreso promedio mensual por afiliado al promedio del sistema en su conjunto. Estas disposiciones buscaban garantizar cierta equidad en la distribución de los recursos y asegurar que todas las obras sociales pudieran cumplir con sus funciones en igualdad de condiciones.
El decreto a fondo:
El artículo 1 del decreto 355/24, publicado recientemente por el Gobierno en el Boletín Oficial, introduce cambios significativos en el mecanismo de distribución del Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) que reciben las obras sociales.
En primer lugar, establece que el SUBSIDIO DE MITIGACIÓN DE ASIMETRÍAS (SUMA) será distribuido de forma automática y mensualmente por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) entre los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Este subsidio se calculará sobre el tres por ciento (3%) de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones establecidos en el artículo 16 de la Ley Nº 23.660, distribuyéndose de manera proporcional al número de afiliados de cada Agente.
Además, el decreto deroga el artículo 3° de la normativa anterior, sancionada en 2012, que establecía ciertos límites en el monto del subsidio para los Agentes con más de cincuenta mil (50.000) afiliados. Este artículo fijaba un piso del uno y medio por ciento (1,5%) y un techo del ocho y medio por ciento (8,5%) del total de la recaudación correspondiente a los aportes y contribuciones mencionados en la Ley N° 23.660.
Estos cambios representan una modificación significativa en el sistema de distribución de subsidios a las obras sociales, otorgando a la AFIP un papel central en el proceso y modificando los criterios de asignación del SUMA en función del número de afiliados de cada Agente.
ZY


